Estancias Técnicas

Lineamientos y Formatos

POLÍTICAS DE OPERACIÓN

 1.-Los docentes que deseen realizar una estadía técnica, tendrán que solicitar el oficio de autorización de la Dirección Técnica de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial.

 2.-El programa de estadías técnicas no estará sujeto a periodos previamente establecidos, quedando abierto todo el año

 3.-Las estadías técnicas podrán ser realizadas  conforme a los siguientes periodos:

 a).-Estadías de uno a tres meses

b).-Estadías por un semestre o un año (con la reglamentación del semestre o año sabático únicamente)

 4.-Los profesores de asignatura y de carrera de enseñanza media superior, participarán en el programa de estadías técnicas.

 5.-Sólo podrán ser candidatos a estadías técnicas aquellos profesores que tengan una antigüedad de por lo menos 1 año laborando en el subsistema ininterrumpidamente.

 6.-Los profesores que soliciten una estadía técnica, deberán tener nombramiento definitivo estatus 10 o  provisional en plazas sin titular estatus 95, de 10 a 40 horas.

 7.-Las solicitudes y expedientes, deberán ser presentados con 40 días antes de su inicio para su revisión y  tramitación oportuna.

 8.-No podrá ejercer la estadía técnica el personal con categoría docente que realice funciones      administrativas al 100%, así como el que se encuentre en el desempeño de comisiones o actividades especiales que le hayan sido encomendadas.

 9.-Los profesores que soliciten el ejercicio de una estadía técnica deberán ser asesorados por la Oficina de Vinculación del plantel y presentarlo a  la Dirección del mismo, y ésta ante la Subdirección de la Coordinación de Enlace Operativo en el Estado.

 10.-De acuerdo a las necesidades o solicitudes de los profesores recurrentes y con la finalidad de elevar la calidad de la educación tecnológica industrial, el docente contará con la liberación y visto bueno del director del plantel, apoyándose éste, con el superávit del mismo, para que el servicio educativo no sea desatendido.

11.-Es responsabilidad del profesor-huésped integrarse de tiempo completo o de acuerdo a las horas de su (s) nombramiento (s) en la empresa o institución receptora.

 12.-Dependerán económica, administrativa y laboralmente de la Secretaría de Educación Pública, por lo que   no se crearán nuevas relaciones de carácter laboral ni de patrimonio solidario o sustituto.

 13.-Deberán sujetarse a las disposiciones, normas y reglamentos de la empresa o institución receptora y a los establecidos en la presente norma y los que se señalan en las Normas Generales para el ejercicio del periodo sabático en el Sistema Nacional de Educación Tecnológica.

 14.-Deberán ser acordes las estadías técnicas a las asignaturas que impartan en la disciplina respectiva, o de acuerdo a la línea de investigación en  que se desempeñe.

 15.-Supervisará la empresa o institución las actividades del profesor-huésped durante su estancia y serán    los encargados de dar  el visto bueno a los reportes e informes finales que éste presente.

 16.-Se reincorporarán al término de la estadía técnica a sus actividades docentes y/o de investigación  por un tiempo igual al que fueron  comisionados, de lo contrario, deberán retribuir al Subsistema el salario percibido durante el periodo que se establece en la comisión autorizada.

 17.-Presentarán un informe final sobre los logros obtenidos de acuerdo a los objetivos planteados al solicitar la estadía. El informe deberá mencionar en qué medida se verá beneficiado el alumnado e incluirá propuestas a la academia respectiva para enriquecer los programas de estudio, las prácticas de laboratorio o investigación a desarrollar.

 18.-Deberán transcurrir 6 meses contabilizados al término de la estancia anterior para solicitar otra.

19.-Deberá transcurrir 1 año contabilizado al término de la participación en algún programa académico que se opere en la DGETI,  para solicitar una estadía técnica.

 20.-Impartirán un curso de 30 horas mínimo, dirigido a los profesores de las asignaturas afines de  su plantel, con el objetivo de multiplicar los conocimientos adquiridos en la estadía técnica.

 21.-Causarán la cancelación de su participación en el programa, cuando incurran en alguna de las siguientes faltas:

 a).-No cumpla con lo establecido en las normas correspondientes

b).-No cumpla con las disposiciones de la empresa o institución receptora

c).-Realice actos que vayan en detrimento de la imagen de la DGETI

d).-No sean cumplidas las actividades demandadas

e).-No sean entregados los informes en el tiempo establecido

f).-Recibir remuneración económica o responsabilidad de cargo por la empresa o institución receptora

 22.-En caso de cancelarse la participación del profesor-huésped en el programa, éste deberá reincorporarse de inmediato a sus actividades en el plantel de adscripción.

 23.-El docente que interrumpa las actividades de un programa, deberá presentar por escrito la exposición de los motivos que justifiquen las causas que lo imposibiliten  concluirlo.

 24.-Para tal efecto deberá entregar un  informe de las actividades realizadas a la fecha de su interrupción.

 25.-En caso de que la exposición de motivos justifique el incumplimiento de las actividades programadas, el tiempo transcurrido se le considerará para efectos de volver a otorgar otra estadía técnica.

 26.-En caso de haber suspendido la estadía técnica y solicite otra, habrá de transcurrir 1 año contado a partir de la fecha en que fue suspendida la anterior.

 27.-En caso de que la exposición de motivos no justifique el incumplimiento de las actividades programadas durante el periodo de la estadía técnica, se suspenderán los efectos de ésta y se le aplicará al docente las sanciones administrativas y disposiciones legales aplicables.

 28.-Las solicitudes de estadías técnicas por tres meses, se aplicarán únicamente a programas especializados que respondan a corto plazo. El candidato deberá presentar un proyecto de investigación avalado con el dictamen técnico de la academia a la que corresponda la asignatura que imparte.

 29.-Será responsabilidad del profesor-huésped presentar  lo siguiente:

 a).-Estadías técnicas por un mes, un informe final.

b).-Estadías técnicas por dos meses, un reporte el primer mes y un informe final al segundo.

c).-En estadías técnicas por tres meses, un reporte en el primer y segundo mes y un informe final al tercer mes.

 30.-Será responsabilidad del profesor-huésped presentar en un plazo de 30 días contados a partir de la fecha al  término de la estadía técnica lo siguiente:

 a).-Un Informe final.

b).-Constancia de la multiplicación del curso de 30 horas dirigido a los profesores de las asignaturas afines del plantel.

c).-Presentar los formatos de evaluación del curso, los cuales deben ser llenados por los profesores que participen  en el curso que imparta el profesor beneficiado con estadía.

 31.-Las estadías técnicas por un semestre o año sabático para el personal docente de base cuyo nombramiento sea de tiempo completo, y solicite una estancia durante seis meses o un año, deberán realizarse con los procedimientos establecidos en el Programa Sabático.

 32.-Los reportes deberán presentarse en los plazos que señala la normatividad del Programa Sabático.

 TRÁMITES Y CONDICIONES

 1.-Podrán realizarse estadías técnicas en los Centros de Investigación y Desarrollo Tecnológico y Posgrado del Sistema Nacional de Educación Superior y aquéllas otras instituciones aceptadas en el padrón de Excelencia Académica del CONACYT.

 2.-Los señalados en el presente documento.

 3.-Sin excepción los solicitantes no podrán iniciar el ejercicio de la estadía técnica en tanto no cuenten con el oficio de autorización de la Dirección Técnica de la DGETI.

 DE LAS SANCIONES

 1.-Cualquier infracción será sancionada según la normatividad aplicable en la materia.

 2.-Los casos no  previstos serán resueltos por la Dirección Técnica de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial.

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